miércoles, 28 de junio de 2017

PACTO POR LA SALUD, O SALTO AL VACIO?

PACTO POR LA SALUD, O SALTO AL VACIO?
Fernando Ruiz Gómez MD DrPH
He buscado infructuosamente el estudio mencionado en El Tiempo, por el Procurador General de la Nación, como sustento a su declaración sobre la ineficiencia del Sistema de Salud. Sin embargo, sus planteamientos son demasiado contundentes como para no ser considerados, mucho más cuando emanan de una entidad a cargo de la defensa de los intereses de la sociedad, amparada en la Constitución.
Son necesarios cambios profundos al sistema? Mi respuesta es contundente: Sí. Es evidente que existe un problema de legitimidad del sistema de seguridad social en salud que no se ha logrado resolver, y que a pesar de los ingentes esfuerzos que ha realizado el gobierno, afectan de manera profunda su percepción y valoración por el ciudadano.
Estoy de acuerdo con el mecanismo propuesto y la plataforma que propone para desarrollarlo: un Pacto por la Salud, sustentado en la implementación de la Ley Estatutaria. Pero considero que la dificultad para este pacto no sea otro saludo a la bandera o algo con peores resultados, reside en la cuidadosa definición de la mejor metodología para su implementación.
Se propone que el Congreso aborde la reglamentación de la Ley Estatutaria de la Salud. Ya el propio procurador, como de ministro del interior, tuvo la oportunidad de sopesar las dificultades de lograr la aprobación de la fallida reforma ordinaria de la salud. Y de observar cómo después de una legislatura completa, y de más de 50 foros de reforma a la salud, el proyecto se hundió, demostrando como el sector no estaba preparado para llevar dicha iniciativa a feliz término.
Sintetizaría la dificultad en una frase lapidaria: Cada agente del sistema (incluidos los representantes de los pacientes) denigramos contra el sistema y denunciamos sus deficiencias, hasta tanto nuestros propios intereses puedan ser tocados, en una eventual reforma. Esa tremenda dificultad deriva de ese arreglo institucional deregulado que permite (una vez ajustadas las variables de entrada como la UPC) que los incentivos de mercado predominen, y que tanto por los agentes privados como por los públicos se comporten en las negociaciones se comporten como agentes autónomos.
El problema fundamental del sistema de seguridad social colombiano reside en que desde que el gobierno entrega la UPC hasta que llega el servicio al paciente, los recursos pueden tener tantos intermediarios como cada interés privado se permita, en un espacio donde el gobierno no ha desarrollado los mecanismos controlar los arreglos institucionales hacia la extracción de rentas (El último y más novedoso diseño se llama Prestasalud). 
La regla de conducta de la mayoría esos agentes no es generar valor, sino simplemente extraer renta. Por esa razón, cuando la Superintendencia de Salud ha logrado llegar, sólo encuentra moribundos o cadáveres institucionales. Al final de la cadena, el paciente es profundamente constreñido en su acceso y disfrute de los servicios.
De allí que en el mercado predominen los mecanismos de generación de renta, sobre los que propician la calidad de la atención y la generación de valor para el usuario del sistema. El pago por evento, la contratación forzada del 60%, la contratación selectiva, la inestabilidad y carencia de reglas en la contratación, predominan sobre los mecanismos idóneos como el pago integral o pago sobre resultados clínicos, las compras centralizadas, las rutas de atención, la gestión del riesgo y la misma libertad de elección; mecanismos centrados en el paciente, que deberían modular el sistema. La respuesta regulatoria ha sido siempre contingente, sin afectar la estructura: giros directos a prestadores, controles sobre la prescripción, regulación de precios intervenciones de corto plazo que palían temporalmente las finanzas del sector y el flujo a los agentes.
Para que los cambios realmente generen valor, la regla básica debe ser el bienestar del paciente, pero el concepto de bienestar debe estar asociado a una valoración social, no individual, de la definición de bienestar. Ese consenso, de alguna manera, ya ha sido concertado en la Ley Estatutaria de la Salud, tanto en sus principios como en las limitaciones que el congreso impuso al alcance del sistema. La dificultad está en transformar ese concepto en mecanismos operativos que hagan posible el goce del derecho. Arreglos institucionales que antepongan los intereses públicos y del paciente sobre los siempre legítimos pero subordinados de los agentes.
Ese conjunto de mecanismos centrado en el paciente se denomina modelo de atención.
El modelo de atención debe ser la regla para transformar el sistema, por encima de intereses autónomos irreconciliables de agentes de mercado. Es mucho más sencillo que nos pongamos de acuerdo sobre cómo se debe atender a la gente y a partir de ello, consolidar un pacto que contenga los arreglos y regulaciones requeridos para operar ese modelo. Ni un pacto de intereses, ni un pacto de buenas intenciones tendrá un buen final.
Cuál debe ser la plataforma? Casi 25 años de Ley 100 nos llevó a un lugar que no se puede desconocer: Infraestructura hospitalaria privada dominante, bajo gasto de bolsillo, pero también a la fragmentación de los servicios y al desfinanciamiento. Desconocer ese punto de llegada seria el peor error posible y un salto a vació de consecuencias imprevisibles. Por otro lado la Ley Estatutaria contiene mecanismos por desarrollar: El concepto de sistema, la configuración de redes, la integralidad como norma, el concepto de efectividad y las exclusiones.

Se debe partir del sano ejercicio de revisar esas dos plataformas para definir los componentes de esos necesarios cambios en el sistema.  
El Pacto por la Salud requiere una senda, no un salto al vacío.